Plus de transporte y kilometraje en la nómina: ¿Cotizan a la Seguridad Social?

plus de transporte y kilometraje

El plus de transporte y kilometraje son dos complementos muy habituales. Ver este dinero extra en tu nómina siempre es una buena noticia. Sin embargo, a la hora de leer la nómina surge la gran duda: ¿ese dinero me llega limpio a la cuenta o Hacienda y la Seguridad Social se quedan una parte?

Existe mucha confusión con los llamados «conceptos extrasalariales». Por eso, en esta guía te explicamos de forma sencilla qué diferencia hay entre ambos, cuánto dinero está exento de impuestos en 2026 y qué debes revisar en tu nómina para que no te quiten de más.

Diferencias entre el plus de transporte y kilometraje

El primer paso para entender tu nómina es saber que, aunque suenen parecido, para la ley laboral son dos cosas totalmente distintas:

  • Plus de transporte (o plus de distancia): Es una cantidad fija que la empresa te paga para ayudarte a cubrir los gastos diarios de ir desde tu casa hasta tu centro de trabajo habitual (abono transporte, gasolina, etc.).
  • Gastos de kilometraje (o locomoción): Es el dinero que la empresa te paga cuando utilizas tu vehículo propio para hacer desplazamientos por motivos de trabajo (por ejemplo: salir de la oficina para visitar a un cliente, ir a otra ciudad a una reunión, etc.).

¿El plus de transporte cotiza a la Seguridad Social?

La respuesta es SÍ, cotiza al 100%.

Históricamente, este plus estaba exento de impuestos, lo que provocó que muchas empresas lo usaran para pagar parte del sueldo de forma encubierta y ahorrarse impuestos. Para frenar esto, la ley cambió radicalmente.

Actualmente, el plus de transporte tributa en el IRPF y cotiza íntegramente a la Seguridad Social. Esto significa que si tu convenio marca un plus de transporte de 100€ al mes, no cobrarás 100€ limpios; se le aplicarán los mismos descuentos que a tu salario base. La «ventaja» de esto es que ese dinero sí sumará para tu futura pensión de jubilación o paro.

Gastos de kilometraje: ¿Están exentos en 2026?

Aquí viene la buena noticia. A diferencia del plus de transporte, el kilometraje SÍ está exento de cotizar a la Seguridad Social y de retención de IRPF, pero ojo, solo hasta un límite legal fijado por el Gobierno.

Actualmente, el límite exento para los gastos de locomoción usando vehículo propio está fijado en 0,26 euros por kilómetro recorrido (además de los gastos de peaje y aparcamiento que puedas justificar con ticket).

  • Si tu empresa te paga el kilómetro a 0,26€ o menos: Ese dinero entrará en tu cuenta bancaria 100% limpio. No pagará IRPF ni Seguridad Social.
  • Si tu empresa te paga el kilómetro a más de 0,26€ (por ejemplo, a 0,30€): Los primeros 0,26€ estarán libres de impuestos, pero los 0,04€ de diferencia sí cotizarán y tributarán en tu nómina.

Ejemplo práctico de plus de transporte y kilometraje en tu nómina

Imagina que este mes has tenido tu sueldo base, un plus de transporte fijo de 50€ y, además, has hecho un viaje de trabajo de 100 kilómetros con tu coche personal. Tu empresa te paga el kilometraje a 0,26 €/km.

  1. Plus de transporte (50€): Se suma a tu salario bruto mensual y sufrirá los descuentos habituales (aprox. un 6,35% de Seguridad Social + tu IRPF).
  2. Kilometraje (100 km x 0,26€ = 26€): Como no supera el límite legal de Hacienda, la empresa te sumará estos 26€ en el apartado de percepciones extrasalariales de tu nómina. Estos 26€ no se tocan, van directos a tu bolsillo.

💡 Consejo experto: Recuerda que el kilometraje (si no supera el límite) va directo a tu bolsillo libre de impuestos. Para saber cuánto cobrarás este mes, haz primero una estimación rápida de tu sueldo base con nuestra Calculadora de Salario Neto. A ese resultado neto, ¡solo tendrás que sumarle a mano el dinero de tus extras!

Conclusión sobre tus extrasalariales

Saber cómo funciona el plus de transporte y kilometraje es vital para exigir lo que te corresponde y entender a dónde van tus impuestos. Revisa siempre tu nómina: tu kilometraje (si está justificado y dentro del límite) debe aparecer siempre en la parte baja de tu recibo, libre de deducciones.

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