Actualizado a la normativa laboral 2026 · Estatuto de los Trabajadores

Calculadora de Finiquito e Indemnización por Despido 2026

Calcula al instante tu indemnización legal (33 días, 45/33 días, 20 días o 12 días) y el desglose completo de tu finiquito por vacaciones y pagas extra.

Datos del contrato y finalización
Incluye salario base, complementos fijos y pagas extra.
Ajustar vacaciones disfrutadas, pagas extra e IRPF 0 días · IRPF 12 %
Días naturales disfrutados (sobre 30 días/año).
Solo aplica al finiquito; la indemnización está exenta.
Resultado de tu finiquito e indemnización Actualizado al instante
Total estimado a percibir (neto) 0,00 € Bruto total: 0,00 €
Indemnización (exenta de IRPF) 0,00 € —
Finiquito bruto (conceptos salariales) 0,00 € Neto aprox.: 0,00 €
Concepto Detalle Importe

Datos actualizados a octubre de 2026 (Orden PJC/297/2026, RD 126/2026 y RDL 5/2026). Cálculo orientativo según el Estatuto de los Trabajadores (arts. 49, 51, 53 y 56). La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta la cuantía legal (límite de 180.000 €, art. 7.e LIRPF) siempre que en despido improcedente se reconozca en acto de conciliación (SMAC) o resolución judicial. Tu convenio colectivo puede mejorar los días de vacaciones, el devengo de las pagas extra o el preaviso.

Diferencia entre finiquito e indemnización por despido

Aunque suelen entregarse en el mismo documento al terminar la relación laboral, el finiquito y la indemnización son dos conceptos distintos con reglas fiscales y laborales diferentes:

¿Qué es el finiquito?

Es la liquidación de las cantidades que ya has generado trabajando pero que aún no has cobrado: los días trabajados del último mes, la parte proporcional de las pagas extra y los días de vacaciones devengados y no disfrutados. Siempre tienes derecho a finiquito, incluso en una baja voluntaria o en un despido disciplinario.

¿Qué es la indemnización?

Es la compensación económica que paga la empresa cuando extingue el contrato por causas ajenas a la voluntad del trabajador (despido improcedente, despido objetivo o ERE, o fin de un contrato temporal). En una baja voluntaria o en un despido disciplinario procedente no hay indemnización.

Tabla de indemnizaciones por despido en 2026

El Estatuto de los Trabajadores fija los días de salario por año trabajado y el tope de mensualidades según el tipo de extinción:

Tipo de finalización Días por año trabajado Tope máximo legal Base legal
Despido improcedente (contratos desde el 12/02/2012) 33 días por año 24 mensualidades (720 días) Art. 56 ET
Despido improcedente (contratos anteriores al 12/02/2012) 45 días hasta el 11/02/2012 y 33 días después 24 mensualidades (hasta 42 si ya se superaban antes de 2012) DT 11.ª ET
Despido objetivo o colectivo (ERE) 20 días por año 12 mensualidades (360 días) Arts. 51 y 53 ET
Fin de contrato temporal 12 días por año Sin tope específico (según duración del contrato) Art. 49.1.c ET
Baja voluntaria o despido disciplinario procedente 0 días Sin indemnización (solo finiquito) Arts. 49.1.d y 54 ET

¿Cómo se redondean los meses sueltos en la indemnización? Según la doctrina reiterada del Tribunal Supremo, cualquier fracción de mes se redondea al mes completo superior. Aunque hayas trabajado un solo día de un mes nuevo, ese mes computa entero para calcular tu indemnización.

Salario diario regulador = Salario bruto anual (con pagas extra) ÷ 365 días

Cómo se calcula el finiquito paso a paso

  • 1. Salario de los días trabajados en el mes del cese: se divide tu sueldo mensual ordinario entre los días del mes y se multiplica por los días transcurridos hasta la fecha de baja.
  • 2. Parte proporcional de las pagas extra: si cobras en 14 o 15 pagas, se abona la parte generada desde que se devengó la última paga extra (de forma semestral o anual, según marque tu convenio). Si tienes 12 pagas prorrateadas, este concepto es 0 € porque ya lo has cobrado cada mes.
  • 3. Vacaciones generadas y no disfrutadas: por ley corresponden al menos 30 días naturales por año trabajado (2,5 días por mes). Si al terminar el contrato has generado más días de los que has disfrutado ese año, la empresa debe pagártelos y cotizar por ellos en una liquidación complementaria (L13).
  • 4. Descuento por falta de preaviso (solo en baja voluntaria): si dimites sin cumplir los días de preaviso que exige tu convenio (normalmente 15 días), la empresa puede descontar del finiquito un día de salario por cada día de preaviso no cumplido.

¿El finiquito y la indemnización pagan IRPF y Seguridad Social?

  • El finiquito sí tributa y cotiza: al ser salario devengado, lleva descuento de Seguridad Social (6,50 % en contratos indefinidos o 6,55 % en temporales en 2026, incluido el 0,15 % del MEI) y retención de IRPF.
  • La indemnización legal está exenta de IRPF y de Seguridad Social: según el artículo 7.e de la Ley del IRPF, no paga impuestos hasta la cuantía legal obligatoria con un límite máximo de 180.000 €. Ojo: en el despido improcedente, para que esté exenta de IRPF es obligatorio que la improcedencia se reconozca en el acto de conciliación administrativa (SMAC) o en resolución judicial. La indemnización de 12 días por fin de contrato temporal sí está sujeta a retención de IRPF.
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