
El teletrabajo ha dejado de ser una solución temporal para convertirse en el día a día de millones de profesionales en España. Sin embargo, trabajar desde casa tiene un coste oculto: la factura de la luz, el internet, la calefacción y el mobiliario. ¿De quién es la responsabilidad de asumir estos costes?
Para resolver estos conflictos, España cuenta con la ley del teletrabajo (formalmente, la Ley de Trabajo a Distancia). En esta guía actualizada a 2026, te explicamos exactamente qué gastos está obligada a pagarte tu empresa, cuándo tienes derecho a reclamarlos y cómo se reflejan estos pagos en tu nómina mensual.
1. La regla del 30%: ¿Cuándo se aplica la Ley del Teletrabajo?
El error más común es pensar que por responder un par de correos desde casa los viernes ya tienes derecho a que te paguen el internet. La ley es muy estricta con los porcentajes.
Para que la ley del teletrabajo te proteja y obligue a la empresa a compensarte económicamente, debes trabajar a distancia un mínimo del 30% de tu jornada laboral en un periodo de referencia de tres meses.
- Ejemplo práctico: Si trabajas a jornada completa (40 horas semanales), necesitas teletrabajar al menos un día y medio a la semana de forma regular para entrar en esta ley. Si tu empresa te deja hacer «home office» solo un día a la semana (20%), se considera una política de flexibilidad voluntaria, pero no están obligados a pagarte los gastos.
2. ¿Qué gastos te debe pagar la empresa obligatoriamente?
Si cumples la regla del 30% y has firmado el obligatorio «Acuerdo de Trabajo a Distancia» con Recursos Humanos, la empresa debe hacerse cargo de dos bloques fundamentales:
A. Dotación y mantenimiento de equipos
La empresa está obligada a proporcionarte todas las herramientas necesarias para desarrollar tu actividad. Esto no se descuenta de tu sueldo; la empresa debe comprarlo o enviártelo a casa:
- Ordenador portátil o de sobremesa.
- Pantallas adicionales, teclado y ratón.
- Teléfono móvil de empresa (si tienes que hacer llamadas a clientes).
- Silla ergonómica homologada (vital para la prevención de riesgos laborales).
- Licencias de software y antivirus.
B. Compensación de gastos de suministros
Aquí es donde entra la factura de fin de mes. Al estar en tu casa, consumes tu propia electricidad, tu cuota de fibra óptica y tu climatización. La ley establece que el teletrabajo no puede suponer un coste para el trabajador.
Por tanto, la empresa debe abonarte una compensación económica mensual.
3. ¿Cuánto dinero te deben pagar y cómo aparece en la nómina?
La ley del teletrabajo establece la obligación de pagar, pero no fija una cantidad exacta en euros. Esto fue un gran debate, y la solución legal fue delegar esta cifra a los Convenios Colectivos o a los acuerdos individuales de cada empresa.
Actualmente, en 2026, la inmensa mayoría de convenios sectoriales (oficinas, consultoría, banca, telemarketing) han fijado una cuota estándar. Lo habitual es que la empresa te ingrese un plus que oscila entre los 35€ y los 55€ mensuales por trabajar a tiempo completo desde casa.
¿Cotiza este dinero? Depende de cómo se justifique. Generalmente, este plus de teletrabajo se incluye en tu nómina como un «concepto extrasalarial». Esto significa que sirve para cubrir gastos y, por norma general, está exento de cotizar a la Seguridad Social hasta ciertos límites, aunque sí tributa en el IRPF.
4. Otros derechos clave que debes conocer
Además del dinero, esta normativa blinda tus derechos para que trabajar en el salón de tu casa no se convierta en una trampa:
- Voluntariedad y Reversibilidad: La empresa no puede obligarte a teletrabajar si no quieres, y tú tampoco puedes exigirlo como un derecho inamovible. Ambas partes deben estar de acuerdo. Además, si te cansas de estar en casa, tienes derecho a pedir la vuelta a la oficina (reversibilidad).
- Derecho a la Desconexión Digital: Es el derecho estrella regulado en el BOE. Tu jefe no puede exigirte que leas WhatsApps, correos o contestes llamadas fuera de tu horario laboral estipulado.
- Mismos derechos de promoción: Tienes el mismo derecho a recibir formación y a ascender de puesto que tus compañeros que van presencialmente a la oficina.
💡 Consejo de experto: Si has empezado a teletrabajar y te han incluido un nuevo «Plus de Teletrabajo» de 40€ en tu nómina, es importante que revises cómo afecta a tus retenciones. Utiliza nuestra Calculadora de Salario Neto para comprobar aproximadamente cuánto dinero limpio te quedará a final de mes con estas nuevas condiciones.



